¿Qué es la DIOT?
La DIOT, es el acrónimo de Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, esta declaración es una obligación fiscal que se debe cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta actividad sirve para poder identificar actividad sospechosa que pueda indicar evasión fiscal.
¿Quiénes la realizan?
Las personas morales y físicas que realicen actos o actividades que Graben IVA, también la Federación, Entidades Federativas, municipios y organismos descentralizados.
¿Operaciones con terceros?
Cuando hablamos de “Terceros” nos referimos exclusivamente a las operaciones realizadas con los proveedores, ya sean operaciones de pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado (IVA).
¿Cuándo se realiza y qué necesitas saber?
La DIOT es un proceso periódico que debe realizarse mes con mes, específicamente el mes posterior al que corresponde la información recabada.
Se debe reportar:
- La totalidad de operaciones realizadas con los proveedores.
- Información de las operaciones sin incluir el IVA.
- También se incluyen proveedores de tasa 0%.
En caso de no haber realizado ninguna operación durante el mes, de igual forma es necesario realizar la DIOT, sin embargo, esta será presentada en ceros y sin datos.
Si eres una persona física cuyos ingresos no superan los 4 millones de pesos no es necesario presentar la DIOT, pero si en dado caso deseas presentarla, una vez que lo hayas echo tendrás que continuar presentándola durante todo el año. No se pueden variar las obligaciones fiscales una vez iniciado el ejercicio fiscal.
DIOT 2025
Todo este proceso se puede realizar de forma electrónica a través de la página del SAT. Desde el 3 de febrero de este año se lanzó una nueva plataforma para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), esto con el fin de facilitarle a los contribuyentes sus obligaciones fiscales, permitiéndoles:
- Enviar más de 40 mil registros de manera electrónica.
- “Obtener el acuse de recibo como constancia de su presentación.” (Nuevas plataformas del SAT para obligaciones fiscales)
- Manejar la carga batch (Documento que se entrega en formato .txt).
- La carga manual, para aquellos contribuyentes que manejan menos documentos o que desean capturar nuevos registros.
Recuerda que como contribuyente tienes la obligación de cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma, si necesitas asesoría sobre este tema, contáctanos y nosotros te facilitamos el proceso.
Enlaces y fuentes de interés:
– Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial, de la F. el. (s/f). (“¿Qué son las Actividades Vulnerables? Todo lo que necesitas saber!”) LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Gob.mx. Recuperado el 5 de marzo de 2025, de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf
– SAT lanza nuevas plataformas para presentación de DIOT y pagos provisionales o definitivos. (s/f). gob.mx. Recuperado el 5 de marzo de 2025, de https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-lanza-nuevas-plataformas-para-presentacion-de-diot-y-pagos-provisionales-o-definitivos-06-2025?idiom=es
– SAT lanza nuevas plataformas para presentación de DIOT y pagos provisionales o definitivos. (s/f). gob.mx. Recuperado el 5 de marzo de 2025, de https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-lanza-nuevas-plataformas-para-presentacion-de-diot-y-pagos-provisionales-o-definitivos-06-2025?idiom=es